Panorama general
El Ministerio de Economía adelantó que propondrá gravar las ganancias de capital obtenidas por residentes uruguayos en inversiones hechas fuera del país. Hoy los intereses y dividendos del exterior ya pagan impuesto; la novedad sería sumar las plusvalías (la diferencia entre el precio de compra y el de venta del activo) al alcance del tributo.
Régimen vigente en Uruguay
Como regla general, nuestro sistema es territorial: se gravan rentas de fuente uruguaya. Desde 2011 hay excepciones que alcanzan a intereses y dividendos generados en el exterior por residentes. En líneas generales, las plusvalías del exterior no quedaron incluidas en ese cambio durante estos años anteriores.
¿Qué propone el Ejecutivo?
El proyecto del Presupuesto 2025 incluiría un gravamen en las ganancias de capital del exterior para residentes, presentado como una corrección al esquema vigente. Los detalles como las tasas, los mínimos, el método de cálculo y eventuales créditos por impuestos pagados en el exterior, se conocerán recién una vez que el texto ingrese al Parlamento.
¿A quiénes creemos que podría alcanzar?
- Personas físicas que invierten mediante brókers (locales o internacionales) y/o en fondos del exterior.
- Empresas y familias que manejan excedentes en instrumentos internacionales.
El impacto en cada caso dependerá de la cartera en particular, la residencia fiscal y la situación patrimonial.
Pasos simples para tener la casa ordenada
- Reunir documentación: base de costo de cada activo, extractos y registro de operaciones del bróker.
- Aclarar el encuadre: residencia fiscal, régimen patrimonial y si aplican tratados.
- Simular antes de mover: comparar escenarios con y sin impuesto y evitar ventas apuradas “solo para tomar ganancias”.
- Planificar la liquidez que puedas necesitar en el mediano plazo: definir horizontes y prioridades para 2025–2026.
Nota: esta publicación es informativa y, en parte, especulativa. Las conclusiones pueden variar según la ley que finalmente se presente y apruebe.
